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Acevedo & Acevedo Abogados by Interpoint Legal

Área de práctica

Compliance y Transparencia Empresarial

El compliance empresarial en Colombia exige a las sociedades obligadas implementar SAGRILAFT y PTEE, unificados en el Capítulo IX por la Circular Externa 100-000020 de 2026, con plazo de adecuación al 31 de mayo de 2027. Diseñamos, implementamos y auditamos estos sistemas y atendemos requerimientos de los entes de control.

Alcance

Servicios en compliance y transparencia empresarial

  • Adecuación al Capítulo IX unificado (Circular 100-000020 de 2026)
  • Diseño e implementación de SAGRILAFT y SARLAFT
  • Programas de Transparencia y Ética Empresarial (PTEE)
  • Manual de políticas y procedimientos de datos personales (Habeas Data)
  • Código de ética y política anticorrupción y antisoborno
  • Política de seguridad de la información según normas MinTIC
  • Estructuración de matrices de riesgo y canales de denuncia
  • Capacitación en compliance para alta dirección
  • Atención de requerimientos ante Supersociedades y SIC
  • Capacitación en procedimientos y políticas OCDE

Responsables

Abogados de esta área

Dudas comunes

Preguntas sobre compliance y transparencia empresarial

¿Qué empresas están obligadas a implementar SAGRILAFT en Colombia?
Las sociedades vigiladas por la Superintendencia de Sociedades que superen los umbrales de ingresos o activos del Capítulo IX, fijados por la Circular Externa 100-000020 del 2 de julio de 2026. Esa circular unificó SAGRILAFT y PTEE y expresa los umbrales en UVB, no en salarios mínimos. El plazo de adecuación vence el 31 de mayo de 2027.
¿Cuál es la diferencia entre SAGRILAFT y PTEE?
SAGRILAFT previene el lavado de activos, la financiación del terrorismo y la proliferación de armas de destrucción masiva. PTEE previene el soborno transnacional y la corrupción. Desde la Circular 100-000020 de 2026 comparten el Capítulo IX, pero siguen siendo sistemas con obligados y criterios distintos: el análisis se hace por separado.
¿Qué sanciones acarrea no implementar SAGRILAFT?
La Superintendencia de Sociedades puede imponer multas a la sociedad y sanciones personales a administradores y al oficial de cumplimiento. A eso se suma el riesgo reputacional y la pérdida de relaciones bancarias y comerciales por incumplimiento de debida diligencia.

¿Necesita asesoría en compliance y transparencia empresarial?

Una conversación inicial sirve para definir si el asunto requiere acompañamiento permanente, una intervención puntual o simplemente una segunda lectura.

Calle 100 # 8A-37, Oficina 701, Torre A · Bogotá · Lunes a viernes, 8:00 a.m. – 6:00 p.m.